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El Kit Digital es una iniciativa del Gobierno de España, que tiene como objetivo subvencionar la implantación de soluciones digitales disponibles en el mercado para conseguir un avance significativo en el nivel de madurez digital.
El programa está dotado con un presupuesto de 3.067 millones de euros, financiado por la Unión Europea a través de los fondos Next Generation EU
09/12/24 Publicada la convocatoria destinada a las empresas de entre 50 y menos de 99 empleados (Segmento IV) y a las empresas de 100 a 249 empleados (Segmento V) el plazo de solicitud se abre el 12 de diciembre de 2024 y estará disponible hasta el 30 de junio de 2025
11/05/24 Red.es ha realizado nuevas modificaciones en las bases reguladoras de las ayudas Kit Digital
Entre las modificaciones se encuentran que las empresas de hasta 249 empleados puedan ser beneficiarias, hay disponibles nuevas soluciones de digitalización y la posibilidad de que el harware este subvencionado solo en el caso del segmento III, El beneficiario puede solicitar la nueva solución “Puesto de trabajo Seguro” siempre que tenga validado uno o más Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización por cualquier otra Categoría de Solución de Digitalización de entre las previstas en el artículo 18.2 de las Bases Reguladoras
Consulta las bases reguladoras del programa
09/12/24 La convocatoria destinada a las empresas de entre 50 y menos de 99 empleados (Segmento IV) y a las empresas de 100 a 249 empleados (Segmento V) se abre el 12 de diciembre a las 11:00h
12/06/24 Las empresas del segmento III (Autónomos y empresas de hasta 2 empleados) podrán solicitar el bono de 3.000€ o la ampliación de 1.000€ en los casos en los que el bono se haya solicitado anteriormente a partir del 14 de junio. El Plazo de solicitud finaliza el 31 de octubre de 2025
29/06/23 Red.es ofreció un webinar sobre los aspectos a considerar en la Justificación y en la Fase II
25/01/2023 y 24/04/23 Red.es ofreció nuevos webinar sobre la justificación de acuerdos del programa Kit Digital. Consulta las FAQs del webinar aquí
28/11/2022 Red.es ofreció un webinar para resolver dudas sobre la justificación de acuerdos del programa Kit Digital
18/10/2022 Red.es ha publicado un webinar acerca de la subsanación de los expedientes del programa Kit Digital
Se trata de un Bono Digital dotado de una cuantía que deberás emplear en la contratación de una o varias soluciones digitales que ofrece el programa. La cuantía del bono varía en función del tamaño que tenga tu empresa:
El plazo de solicitud para el segmento IV (empresas de entre 50 y 99 empleados) menos de 3 empleados) y el segmento V (empresas de entre 100 y 249 empleados) se abre el 12 de diciembre a las 11:00h.
Consulta la guia rápida para pymes haciendo clic aquí.
El plazo de solicitud finaliza:
El 31 de diciembre de 2024 (para los segmentos I y II)
El 30 de junio de 2025 (para los segmentos IV y V)
El 31 de octubre de 2025 (para el segmento III y el correspondiente a las Comunidades de bienes)
a) Los impuestos sobre las rentas de personas físicas o sociedades, así como otros tributos y tasas, de tipo nacional, autonómico o local.
b) Los intereses de las deudas.
c) Los intereses de mora, los recargos y las sanciones administrativas y penales.
d) Los gastos derivados de procedimientos judiciales.
e) Gastos financieros.
f) Gastos de infraestructura y obra civil.
g) Terrenos.
h) Hardware. No obstante, serán subvencionables dispositivos hardware cuando su suministro sea imprescindible para la prestación de la solución contratada, o bien, solicite la Categoría de Solución “Puesto de trabajo seguro” subvencionable en las Convocatorias dirigidas al Segmento III.
i) Servicios de telecomunicación y conectividad a Internet.
j) Los gastos relativos a la compensación por labores prestadas por terceros
para la obtención de las presentes ayudas (gastos por prestación de servicios de
asesoría, de gestoría o de similar naturaleza).»
Una vez concedido el bono dispones de 6 meses para ponerte en contacto con un agente digitalizador y firmar un acuerdo de prestación de servicios por cada una de las soluciones que necesites, si no se canjea en ese tiempo el bono caduca.
Puedes gestionar el bono en el espacio Pyme de la plataforma de tramitación del programa KIT DIGITAL. Puedes acceder a la plataforma haciendo clic aquí
Puede consultar el catálogo haciendo clic aquí.
No, Según indica la actualización de las bases reguladoras: Aquellos beneficiarios que opten por la formalización de Acuerdos de la Categoría de «Puesto de trabajo seguro», deberán tener validado uno o más Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización por cualquier otra Categoría de Solución de Digitalización de entre las previstas en el artículo 18.2 de las Bases Reguladoras.
Como beneficiario podrás decidir si pasados los 12 meses de prestación de servicio quieres adquirir el equipo o no. En el acuerdo de prestación de servicios se debe fijar el precio del dispositivo pasados esos 12 meses, que no podrá ser superior al 15% del importe del acuerdo.
El Beneficiario al que se le haya concedido la ayuda para el Segmento III (de 0 a menos de 3 empleados) por un importe de 2.000€ podrá solicitar la ampliación del bono a través de su expediente.
Consulta la guia de como solicitar la ampliación haciendo clic aquí
No, Según las bases reguladoras del programa no pueden ser beneficiarias las personas físicas o jurídicas que sean Agentes Digitalizadores Adheridos, ni aquellas con las que estos contraten o subcontraten para la prestación, en todo o en parte, de soluciones de digitalización.
Un Agente Digitalizador es la empresa tecnológica encargada de ofrecer al beneficiario las soluciones de digitalización que ofrece el Programa. Para poder ofrecer estas soluciones es necesario cumplir los requisitos y aparecer en el catálogo de Agentes Digitalizaciones de la web de Acelera Pyme.
El Agente Digitalizador debe ofrecer mantenimiento, soporte y formación de la solución acordada durante el tiempo de prestación de servicios del programa ( 12 Meses)
En el caso de estar homologado en la solución de “Puesto de trabajo seguro” debera suministrar al beneficiario un dispositivo hardware que podrá ser un ordenador de sobremesa o un portatil, este dispositivo tiene que tener:
– Los requisitos establecidos en la solución “ciberseguridad”
– Contar con una etiqueta pegada en el dispositivo que contenga los logos y características técnicas indicadas en la actualización de bases.
El Agente Digitalizador deberá ofrecer de manera gratuita un servicio de mantenimiento y soporte al beneficiario durante el tiempo de prestación de servicios del programa (12 meses).
El Agente Digitalizador esta obligado a ofrecer la opción de compra del dispositivo al beneficiario, ese importe no podra superar el 15% del acuerdo firmado (importe de la solución) y deberá estar reflejado en el Acuerdo de prestación de servicios.
Consulta la guía rápida para agentes Digitalizadores aquí
Puedes acceder al tramite para convertirte en Agente Digitalizador en el enlace que encontrarás aquí
Si ya eres agente digitalizador y tienes una Pyme beneficiaria interesada en tus servicios puedes iniciar el acuerdo desde el Espacio “Agente digitalizador” de la plataforma de tramitación del programa KIT DIGITAL
Recuerda que es necesario firmar previamente un contrato privado con el beneficiario.
Puedes acceder a la plataforma aquí
Todos los Agentes Digitalizadores interesados en ampliar/reducir categorías, ámbito geográfico y/o URLs pueden hacerlo de manera automática a través de un formulario en la sede electrónica de Red.es, deberán consultar dentro de su expediente en el menú “Acciones”, accesible a través del apartado “Mis trámites”
Si eres agente digitalizador y ya estas homologado para ofrecer esta solución consulta la guia informativa donde se detallan los requisitos y como realizar la justificación haciendo clic aquí
El beneficiario decidirá pasados los 12 meses de prestación de servicio si quiere adquirir el equipo o no. En el acuerdo de prestación de servicios se debe fijar el precio del dispositivo pasados esos 12 meses, que no podrá ser superior al 15% del importe de la solución.
Si ya has implantado la solución a la Pyme puedes comenzar la 1ª fase de la justificación dentro del espacio “Agente Digitalizador” de la plataforma de tramitación del programa KIT DIGITAL
La 2ª fase de la justificación comienza al cumplir los 12 meses de prestación de servicio, disponiendo de 3 meses para realizarla.
Descarga la guía de justificación de soluciones de digitalización haciendo clic aquí
En el apartado “tramitación de acuerdos” de la plataforma de tramitación del programa KIt Digital – Espacio digitalizador” disponen de guias y plantillas para la correcta justificación de las soluciones de digitalización
Si te perdiste nuestros webinars sobre Kit digital, rellena los formularios y te enviamos las grabaciones:
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Por qué tu PYME debe digitalizarse ya
El contexto actual ha supuesto un cambio en la mentalidad económica global ¿Aún crees que tu empresa no debe digitalizarse? En AEDHE te explicamos por qué tu PYME debe digitalizarse ya.