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REGISTRO HORARIO: SI NO SE APORTA EL REGISTRO DE HORAS DE UN TRABAJADOR A TIEMPO PARCIAL, SE PRESUME QUE SU JORNADA ES COMPLETA

(Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León de Valladolid, Sala de lo Social, Sentencia de 24 May. 2019, Rec. 272/2019)

El trabajador reclamaba unos conceptos salariales en base a una jornada completa que decía haber realizado, en concreto salarios y vacaciones, aunque su contrato es a tiempo parcial. La actora insta a su empleadora para que aporte los registros de jornada, afirmando ésta que no tenía pruebas de registro alguno.

La prueba del registro de horario no se puede exigir al trabajador, puesto que no está en su mano, y por ello, la carga de la misma recae en la empresa, que es la que debe acreditar el carácter parcial de los servicios.

Como la demandada no se ha molestado en aportar lo requerido vía judicial, su incumplimiento supone una presunción iuris tantum de celebración del contrato de trabajo a jornada completa.

Por ello y, ante la falta de prueba, el TSJ Castilla-León estima el recurso de suplicación interpuesto, totalizando la reclamación y aplicando la presunción de jornada completa, ya que se han de dar por probadas las alegaciones del trabajador en su demanda.

Para más información os invitamos a leer ABOGADO GENERAL DEL TJUE: “OBLIGACIÓN DE IMPLANTAR UN REGISTRO DE LA JORNADA LABORAL FICHAJE DE ENTRADA: DERECHO DE LA EMPRESA A DESCONTAR DE LAS NÓMINAS LOS RETRASOS

 

Fdo. Silvia Uclés – Asesora del departamento Jurídico de AEDHE

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