El Reglamento (UE) 2021/953 y el Reglamento (UE) 2021/954 del Parlamento Europeo y del Consejo, ambos de 14 de junio de 2021, establecen un marco común para la expedición, verificación y aceptación de certificados COVID-19 interoperables de vacunación, de prueba diagnóstica y de recuperación (certificado COVID digital de la UE), vinculante y directamente aplicable en todos los Estados miembros, con el fin de facilitar el ejercicio, por sus titulares, de su derecho a la libre circulación y residencia en el territorio de dichos Estados miembros, durante la pandemia de COVID-19.
El certificado COVID digital de la UE permitirá la expedición, verificación y aceptación transfronteriza de cualquiera de los siguientes certificados:
- Certificado de vacunación
- Certificado de prueba diagnóstica
- Certificado de recuperación
Para garantizar la interoperabilidad, los Estados miembros deben expedir dichos certificados en formato digital o en papel, o en ambos formatos.
Se expedirán gratuitamente y su titular tendrá derecho a solicitar la expedición de uno nuevo si los datos personales contenidos en el original no son exactos o han dejado de serlo o de estar actualizados, también en lo que se refiere a la vacunación, al resultado de la prueba o a la recuperación del titular, o si el certificado original ya no está a disposición del titular.
El Reglamento (UE) 2021/953 y el Reglamento (UE) 2021/954 entraron en vigor el pasado 15 de junio de 2021, el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea, y serán aplicables desde el 1 de julio de 2021 hasta el 30 de junio de 2022.
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Fdo. Silvia Uclés – Asesora del departamento Jurídico de AEDHE – https://www.linkedin.com/in/silvia-ucles-cabrera/