Todas las empresas de más de 50 trabajadores en España tienen la obligación a partir del 7 de marzo de tener un plan de igualdad y haberlo registrado formalmente ante la autoridad laboral.
Las normativas laborales en materia de paridad de género aprobadas en 2019 entran plenamente en vigor este año, cada vez involucran a un número mayor de compañías, pero una gran mayoría de las mismas no las cumplen íntegramente. Solo una de cada tres empresas españolas tiene actualmente registrado un plan de igualdad.
El objetivo es reducir las discriminaciones por razón de género y actualmente también se obliga a realizar una auditoría salarial de las diferentes categorías –para analizar qué brecha hay en cada una de las remuneraciones de hombres y mujeres– y un diagnóstico de los puestos de trabajo.
En España hay un total de 29.994 empresas inscritas en la Seguridad Social con más de 50 trabajadores en plantilla, según los datos de enero. De estas, casi la mitad, un total de 16.056, tienen entre 50 y 100 trabajadores. El resto tiene más de 100 trabajadores y el Ministerio de Trabajo solo tiene constancia de 4.673 planes de los planes de igualdad.
Las empresas, además de tener este plan, deben registrarlo formalmente para que el Ministerio de Trabajo se cerciorara de que este cumplen unos mínimos requisitos. ¿Cuáles son? Un plan de igualdad debe cumplir tres requisitos. Por un lado el propio plan, con el diagnóstico general de la empresa. El segundo es la auditoría salarial; si la brecha entre hombres y mujeres es superior al 25% y dicha diferencia no está justificada, la empresa incurre en una falta grave sancionable con entre 626 y 6.250 euros. Y el tercero es la valoración de los puestos de trabajo, que permite evaluar las discriminaciones de género no solamente vía sueldo.
Para más información contacta con el Área Jurídico de AEDHE en el correo electrónico d.juridico1@aedhe.es y evita la multa.
—
Fuente: medios de comunicación