Una vez formalizado el acuerdo, Se descuenta el importe de la ayuda del acuerdo del saldo del bono digital del beneficiario y el asesor digital dispone de máximo de 3 meses para ejecutar y emitir la factura y 2 meses más para justificar ( 5 meses en total)
La documentación justificativa del asesoramiento que habrá que aportar será la siguiente:
- Justificante de abono del coste no subvencionable
- Factura emitida tras el servicio con el importe subvencionable y no subvencionable
- Memoria técnica con el detalle del asesoramiento (mínimo 70 páginas)
- Actas de reuniones:
– Reunión Inicial (Deberá ser presencial obligatoriamente)
– Reuniones Intermedias
– Reunión final (Deberá ser presencial obligatoriamente)
– Video de la reunión final (La reunión debéra ser grabada obligatoriamente)
La presentación de la justificación solo se podrá realizar a través del formulario establecido en la Sede Electrónica de Red.es y que, a partir del próximo 22 de septiembre de 2024, será accesible a través de la Plataforma Acelera Pyme.