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OFICINA AEDHE Acelera PYME

Información de Ayudas KIT CONSULTING

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El Kit Consulting es una iniciativa del Gobierno de España, que permite a pymes de entre 10 a 249 empleados diseñar la hoja de ruta para su transformación digital.

El programa está dotado con un presupuesto de 3.067 millones de euros, financiado por la Unión Europea a través de los fondos Next Generation EU 

Se trata de un Bono de Asesoramiento Digital dotado de una cuantía que deberás emplear en la contratación de los servicios de asesoramiento. 

Consulta las bases reguladoras del programa

Quiero ser beneficiario del programa KIT CONSULTING

Se trata de un Bono de Asesoramiento Digital dotado de una cuantía que deberás emplear en la contratación de los servicios de asesoramiento. La cuantía varía en función del tamaño que tenga tu empresa:

Segmento A: Empresas con 10 a menos de 50 empleados –  ayuda de 12.000 €

Segmento B: Empresas con 50 a menos de 100 empleados – ayuda de 18.000 € 

Segmento C: Empresas con 100 a menos de 250 empleados – ayuda de 24.000 €

 

  • Ser Pyme cuyo domicilio fiscal esté ubicado en territorio español.

  • Ser una Pyme de entre 10 y menos de 250 empleados.

  • Estar inscrito en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral, que debe reflejar la actividad económica efectivamente desarrollada a la fecha de solicitud de la ayuda, y tener la antigüedad mínima que se
    establezca en las convocatorias

  • No tener la consideración de empresa en crisis.

  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

  • No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.

  • No superar el límite de ayudas de minimis (200.000€ en los últimos 3 ejercicios fiscales)

Si, no habría ninguna incompatibilidad en que un Agente Digitalizador del Kit Digital pueda ser beneficiario del kit consulting.

Deberá rellenar la solicitud que encontrará en la sede electrónica de Red.es

Recuerda que para poder realizar el tramite es necesario disponer de certificado digital

El plazo de solicitud finaliza el 31 de diciembre de 2024 o hasta agotar los fondos asignados a la convocatoria.

  1. La empresa beneficiaria deberá emplear el bono concedido en la contratación de uno o varios servicios de asesoramiento del Catálogo del Programa.
  2. Los Asesores Digitales realizarán el servicio de asesoramiento elegido por la empresa y guiarán a la pyme en los pasos que deberá seguir para continuar con su proceso de digitalización.
  3. El beneficiario y el asesor digital deberán firmar un contrato privado del que Red.es no forma parte antes de formalizar el acuerdo (El modelo esta disponible a partir de la página 38 del documento de la convocatoria)
  4. El beneficiario dispondrá de 3 meses para formalizar el primer acuerdo de prestación de servicios de asesoramiento digital. El resto de acuerdos se podrán firmar como máximo hasta el 31/05/2025. Se firmará un acuerdo por cada categoría de servicios de asesoramiento.
  5. Una vez formalizado el acuerdo:
    – Se descuenta el importe de la ayuda del acuerdo del saldo del bono digital del beneficiario.

    – El asesor digital dispone de máximo de 3 meses para ejecutar y emitir la factura y 2 meses más para justificar ( 5 meses en total)

    – El beneficiario cede el derecho de cobro de importe de la ayuda al asesor digital.

Puede consultar el catálogo haciendo clic aquí.

Quiero ser asesor digital del programa KIT CONSULTING

Consulta el anuncio de Adhesión del Programa 

Las empresas que cumplan  los siguientes requisitos, aparecerán en el catálogo del programa y serán los únicos que podrán ser contratados por las pymes beneficiarias:

  • Un volumen neto de la cifra de negocio del último año fiscal cerrado anterior al de la presentación de la solicitud de adhesión que sea igual o superior a 100.000 euros, o que la media del volumen neto de cifra de negocio de los últimos tres años fiscales cerrados desde la fecha de solicitud de adhesión sea superior a 100.000 euros.
  • Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • Tener domicilio fiscal en un país de la Unión Europea
  • Que el solicitante esté dado de alta en Impuesto de Actividades Económicas (IAE) en alguna de las siguientes agrupaciones de actividades económicas:

    i. Para empresas:

    A. Agrupación 84 – Servicios prestados a las empresas. En concreto los siguientes grupos
    a. 843. Servicios técnicos Servicios técnicos (ingeniería, arquitectura, urbanismo, etc.)
    b. 844. Servicios de publicidad, relaciones públicas y similares
    c. 845. Explotación Electronica Por Terceros
    d. 846 Empresas de estudios de mercado
    e. 847 Servicios integrales de Correos y Telecomunicaciones
    f. 849 Otros servicios prestados a las empresas n.c.o.p.
    B. Agrupación 76 – Comunicaciones y todos sus grupos.

     

    ii. Para actividades profesionales:

    A. Agrupación 76. Profesionales de la Informática y de las
    Ciencias Exactas y todos sus grupos
    B. Agrupación 79. Otros profesionales relacionados con las
    actividades financieras, jurídicas, de seguros y de
    alquileres, N.C.O.P

Si cumples con los requisitos puedes realizar la solicitud de adhesión como asesor digital al catálogo del programa accediendo a la sede electrónica de Red.es accediendo a la convocatoria ” ANUNCIO DE ADHESIÓN DE ASESORES DIGITALES AL PROGRAMA “AGENTES DEL CAMBIO – KIT CONSULTING

Una vez formalizado el acuerdo, Se descuenta el importe de la ayuda del acuerdo del saldo del bono digital del beneficiario y easesor digital dispone de máximo de 3 meses para ejecutar y emitir la factura y 2 meses más para justificar ( 5 meses en total)

La documentación justificativa del asesoramiento que habrá que aportar será la siguiente:

  • Justificante de abono del coste no subvencionable
  • Factura emitida tras el servicio con el importe subvencionable y no subvencionable
  • Memoria técnica con el detalle del asesoramiento (mínimo 70 páginas)
  • Actas de reuniones:

     – Reunión Inicial (Deberá ser presencial obligatoriamente)

     – Reuniones Intermedias

     – Reunión final (Deberá ser presencial obligatoriamente)

     – Video de la reunión final (La reunión debéra ser grabada obligatoriamente)

La presentación de la justificación solo se podrá realizar a través del formulario establecido en la Sede Electrónica de Red.es y que, a partir del próximo 22 de septiembre de 2024, será accesible a través de la Plataforma Acelera Pyme. 

Si te perdiste nuestros webinars sobre Kit Consulting, rellena los formularios y te enviamos las grabaciones:


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