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Medidas de apoyo a los trabajadores, consumidores, familias y colectivos vulnerables. REAL DECRETO-LEY 11/2020, DE 31 DE MARZO

REAL DECRETO-LEY 11/2020, DE 31 DE MARZO, POR EL QUE SE ADOPTAN MEDIDAS URGENTES COMPLEMENTARIAS EN EL ÁMBITO SOCIAL Y ECONÓMICO PARA HACER FRENTE AL COVID-19.

 

DESCARGAR – Medidas ámbito social y económico COVID-19

 

Sección 1. ª Medidas dirigidas a familias y colectivos vulnerables

Artículo 1. Suspensión del procedimiento de desahucio y de los lanzamientos para hogares vulnerables sin alternativa habitacional.

Artículo 2. Prórroga extraordinaria de los contratos de arrendamiento de vivienda habitual.

Artículo 3. Moratoria de deuda arrendaticia.

Artículo 4. Aplicación automática de la moratoria de la deuda arrendaticia en caso de grandes tenedores y empresas o entidades públicas de vivienda.

Artículo 5. Definición de la situación de vulnerabilidad económica a efectos de obtener MORATORIAS O AYUDAS EN RELACIÓN CON LA RENTA ARRENDATICIA DE LA VIVIENDA HABITUAL.

Artículo 6. Acreditación de las condiciones subjetivas.

Artículo 7. Consecuencias de la aplicación indebida por la persona arrendataria de la moratoria excepcional de la deuda arrendaticia y de las ayudas públicas para vivienda habitual en situación de vulnerabilidad económica a causa del COVID-19.

Artículo 8. Modificación excepcional y transitoria de las condiciones contractuales de arrendamiento en el caso de arrendadores no comprendidos entre los recogidos en el artículo 4 como consecuencia del impacto económico y social del COVID-19.

Artículo 9. Aprobación de una línea de avales para la cobertura por cuenta del Estado de la financiación a arrendatarios en situación de vulnerabilidad social y económica como consecuencia de la expansión del COVID-19.

Artículo 10. Nuevo programa de ayudas para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual.

Artículo 11. Sustitución del programa de ayuda a las personas en situación de desahucio o lanzamiento de su vivienda habitual por el nuevo programa de ayuda a las víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables regulado en artículo siguiente.

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Artículo 16. Definición de vulnerabilidad económica a los efectos de la MORATORIA HIPOTECARIA Y DEL CRÉDITO DE FINANCIACIÓN NO HIPOTECARIA.

Artículo 17. Acreditación de las condiciones subjetivas.

Artículo 18. Definición de la situación de vulnerabilidad económica y acreditación derivada de los contratos de crédito sin garantía hipotecaria.

Artículo 19. Moratoria de deuda hipotecaria.

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Artículo 21. Suspensión de las obligaciones derivadas de los contratos de crédito sin garantía hipotecaria.

Artículo 22. Fiadores o avalistas.

Artículo 23. Solicitud de la suspensión.

Artículo 24. Concesión de la suspensión.

Artículo 25. Efectos de la suspensión.

Artículo 26. Consecuencias de la actuación fraudulenta del deudor en relación con la suspensión de las obligaciones derivadas de los contratos de crédito sin garantía hipotecaria.

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Artículo 28. DERECHO A PERCEPCIÓN DEL BONO SOCIAL POR PARTE DE TRABAJADORES AUTÓNOMOS que hayan cesado su actividad o hayan visto reducida su facturación como consecuencia del COVID-19.

Artículo 29. Garantía de suministro de energía eléctrica, productos derivados del petróleo, gas natural y agua.

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Sección 2. ª Medidas de apoyo a los autónomos

Artículo 34. Moratoria de las cotizaciones sociales a la Seguridad Social.

Artículo 35. Aplazamiento en el pago de deudas con la Seguridad Social.

 

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