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El Ayuntamiento de Torrejón ayudará con 500 euros al pequeño comercio y hostelería sin veladores para hacer frente a las consecuencias provocadas por la crisis del coronavirus


El Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz va a ayudar con 500 euros al pequeño comercio local y a los hosteleros sin veladores con el objetivo de paliar el impacto negativo de carácter económico que está afectando especialmente a algunos sectores comerciales debido a la crisis provocada por el coronavirus.

Esta línea de ayuda extraordinaria está dotada con un total de 750.000 euros.

El plazo de presentación de solicitudes estará abierto desde hoy 1 de septiembre hasta el 30 de septiembre de 2020, y se atenderán por orden de llegada de aquellas que cumplan con los requisitos establecidos.

Las solicitudes, que irán acompañadas de la documentación e información requeridas, se presentarán por vía telemática, a través de la sede electrónica de la página web del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz www.ayto-torrejon.es, correo administrativo y presencialmente en el registro general del Ayuntamiento. Podrá presentarse una única solicitud por empresa o persona trabajadora por cuenta propia.

VER LAS BASES DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS EL PEQUEÑO COMERCIO Y HOSTELERÍA SON VELADORES CON MOTIVO DE LA COVID-19 – clic aqui

Los requisitos que tienen que cumplir los solicitantes son:

– Que sea un pequeño comercio y hostelería sin veladores, que no ocupe una superficie superior a 250 m2, no tenga una facturación superior a 600.000 euros en el ejercicio anterior y una plantilla superior a 10 trabajadores a fecha declarada por el estado de alarma y que se haya producido el cierre total del establecimiento de al menos un mes según lo dispuesto por el artículo 10 del RD 463/2020, de 14 de marzo, modificado por el RD 465/2020 de 17 de marzo.

– Que tenga su domicilio fiscal en el término municipal de Torrejón de Ardoz.

– Que se ejerza en un local comercial, específico y abierto al público, radicado en una vía pública del término municipal de Torrejón de Ardoz y a pie de calle.

– Que el solicitante se comprometa a mantener la actividad y el establecimiento abierto al menos hasta el 31 de diciembre de 2020.

– Que la actividad afectada por el cierre temporal dispuesto por el estado de alarma, no se haya visto compensada por un incremento de la facturación mediante un aumento del volumen de negocio online o telefónico de la persona solicitante.

– Que el sujeto solicitante esté exento del pago del Impuesto de Actividades Económicas en el ejercicio fiscal de 2019.

– Que esté dado de alta en el régimen de la Seguridad Social o en la Mutua profesional correspondiente y en el Impuesto de Actividades Económicas en la actividad comercial principal por la que solicita la ayuda al menos desde el 1 de marzo de 2020.

– Que no se encuentre incurso en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en particular, esté al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la AEAT y con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) en el momento de la presentación de la solicitud.

– Que esté al corriente de pagos con el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz.

Quedarán excluidos de esta ayuda: Entidades bancarias y de seguros, estancos, estancos con prensa, quiosco de helados, farmacias, ópticas, notarías, inmobiliarias, locutorios, tiendas de telefonía e informática, bazares con y sin alimentación, quienes desarrollen actividades profesionales (dentistas, médicos, veterinarios, arquitectos…), el personal autónomo colaborador (vendedores de seguros, y comerciales que son trabajadores mercantiles de empresas), servicios recreativos (salas de juegos), franquicias con participación accionarial y gestión directa por parte del franquiciador, sin que exista franquiciado independiente (franquicias gestionadas directamente por la marca), las Uniones Temporales de Empresas (UTE), Administraciones públicas, sus organismos autónomos y otras entidades del sector público, las asociaciones, fundaciones y, en general, entidades sin ánimo de lucro, y las empresas concesionarias de servicios públicos.

Para más información puede llamar al teléfono 91 660 06 67 o dirigirse el email cmse@ayto-torrejon.es 

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