El pasado lunes 20 de julio se cumplió un mes del termino del Estado de Alarma. A consecuencia de ello, hoy martes 21 de julio, finalizan los plazos para las medidas extraordinarias en materia de trabajo adoptadas frente al COVID-19. De esta forma, a partir del 21 de julio ya no se podrá solicitar el Subsidio Extraordinario para personas empleadas de Hogar y el Subsidio Excepcional de fin de contrato temporal.
Del mismo modo, el plazo de presentación de solicitudes de prestación por desempleo vuelve a ser de 15 días hábiles, reduciendo la duración del tiempo de la prestación, en aquellos casos que se haga fuera de este plazo.
Todos aquellos que sean perceptores del subsidio por desempleo deberán solicitar la prórroga a los 6 meses y, si es el perceptor es mayor de 52 años, deberán presentar la declaración anual de rentas (DAR).
Pueden consultar esta información en www.sepe.es
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