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Todas las empresas estarán obligadas a tener elaborado y aprobado el Plan de Igualdad en marzo

El próximo 7 de marzo de 2022 termina el plazo para que las empresas de más de 50 trabajadores implementen los protocolos de igualdad.

A partir de esta fecha, y según el apartado 13 del artículo 7 de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social, los plazos para que las empresas tengan estos planes de igualdad son de cumplimiento obligatorio y no tenerlos supondrá una sanción de carácter grave para la empresa, que pueden oscilar 626 a 6.250 euros.

Además, si estas sanciones son compatibles con otro tipo de multas adicionales según sea el grado del incumplimiento empresarial,  la ley contempla una serie de consecuencias accesorias, como la pérdida automática de las ayudas, y de las bonificaciones y beneficios por un periodo de seis meses a dos años.

Aquellas empresas que precisen elaborar el Plan de Igualdad contacten con el Área Jurídica de AEDHE a través del correo electrónico d.juridico1@aedhe.es

¿Cómo contar los empleados?

Para computar el número de empleados y saber si una empresa está obligada o no, debe tenerse en cuenta toda la plantilla de la empresa, independientemente del número de centros de trabajo y el tipo de contrato vigente, o contratos extinguidos durante los seis meses anteriores a efectuar el cálculo, de forma que cada 100 días trabajados o fracción, se computará como una persona más.

Asimismo, también sumarán las personas que presten servicios mediante contrato de puesta a disposición, pero no cuentan los becarios o quienes tengan un vínculo no laboral con la empresa.

Para más información con el Área Jurídica de AEDHE a través del correo electrónico d.juridico1@aedhe.es

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